¿Cómo tributa mi inversión?

Como norma general, la retención que se aplicará a las inversiones será la siguiente:

  • Si el inversor es persona física, se aplicará la siguiente retención de IRPF en función del rendimiento obtenido: rendimientos de hasta 6.000 €, tienen una retención aplicable del 19%; rendimientos de entre 6.000 y 50.000 €, tienen una retención aplicable del 21%; y rendimientos por encima de los 50.000 €, tienen una retención aplicable del 23%.

  • Si el inversor es una persona jurídica con participación inferior al 5%, se aplicará una retención idéntica al expuesto para personas físicas en función del rendimiento obtenido pero, en este caso, la retención será del Impuesto de Sociedades.

  • Si el inversor es una persona jurídica con una participación superior al 5%, no se practicará retención siempre que haya mantenido ese porcentaje, o superior, a lo largo de los 12 meses anteriores.

Estos serán los tipos aplicados salvo que el inversor sea un contribuyente no residente en España y su país de residencia tenga algún tipo de convenio internacional con España, en cuyo caso se le practicará la retención que indique el convenio.

En caso de que tengas alguna otra inquietud sobre este tema, por favor escríbenos a: soporte@fundeen.com